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Cómo funciona el proceso

Aviso antes de la publicación, comentario después, y el mismo plazo para todos los estados.

Se informa a todo organismo estatal mencionado en un archivo sobre lo que se ha encontrado antes de su publicación, se le concede un plazo definido para señalar cualquier cifra o documento publicado que el archivo haya pasado por alto, puede comentar con sus propias palabras después de la publicación y puede solicitar la revisión de una decisión rechazada. Las fechas se publican y la misma norma se aplica a todas las jurisdicciones.

10días hábiles de aviso
2días hábiles para acusar recibo
90días de calendario de anticipación
El proceso

Paso a paso, y la norma que lo respalda

Del borrador a la publicación y después

Los pasos son los mismos para una primera publicación, una carga retroactiva y una nueva auditoría. A las agencias educativas locales no se les notifica de forma individual, porque un archivo de varios cientos de filas no puede notificarse fila por fila dentro de un calendario de publicaciones; se les atiende mediante la vía de corrección permanente, y se notifica a cualquier agencia que la narrativa mencione por su nombre más allá de su código de cobertura.

  1. Declaración

    Toda persona que trabaja en un archivo estatal declara cualquier relación con cualquier organismo mencionado en él antes de comenzar.

    Antes de que comience el trabajo
  2. Aviso

    La agencia estatal de educación, cada escuela estatal para Deaf y su junta directiva, la unidad estatal de alcance, intervención temprana o sordoceguera, y cualquier comisión coordinadora que el archivo mencione reciben el resumen preliminar, las filas correspondientes a sus propias unidades y las filas fiscales que los mencionan, a través de su propio contacto publicado, junto con la norma de corrección y la fecha de cierre.

    Cuando el borrador pasa las verificaciones mecánicas
  3. El plazo

    Diez días hábiles, contados en el horario local del estado, sin prórroga a solicitud. Una respuesta temprana no acorta el plazo para respuestas posteriores.

    Desde el día en que se envía el aviso
  4. Publicación

    La lista de verificación de publicación la ejecuta una persona; la página del estado se publica en una URL versionada permanente; la publicación se deposita con un DOI.

    Después de que se cierra el plazo
  5. Notificación de publicación

    Se informa a todo organismo notificado de que la versión está activa, con la URL versionada, el DOI, la vía de corrección y la vía de comentarios.

    Dentro de los dos días hábiles posteriores a la publicación
  6. Comentario

    Publicado textualmente junto al elemento al que se refiere, con la respuesta en tres partes del Index.

    Durante el plazo, o en cualquier momento después de la publicación; se publica dentro de los diez días hábiles
  7. Corrección

    Un documento publicado, identificado por URL o cita, cambia una cifra o un código; se emite una nueva versión y la versión anterior permanece en su URL.

    En cualquier momento después de la publicación; decisión dentro de los diez días hábiles
  8. Revisión

    Una corrección o comentario rechazado se vuelve a decidir a solicitud por una segunda persona, con las razones publicadas junto a la primera decisión.

    Solicitud dentro de los diez días hábiles posteriores a la decisión; resultado dentro de diez
  9. Aviso de actualización

    Antes de cada nueva auditoría, el organismo recibe el detalle de cada cifra y código que haya cambiado, y un nuevo plazo.

    Según el calendario publicado, con al menos noventa días de anticipación
  10. Retractación

    Una versión con errores sustanciales nunca se elimina; un aviso de retractación en su URL enlaza a la versión corregida.

    Cuando se detecte